sábado, 26 de mayo de 2012

EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO

La COTMAC (Comisión de ordenación del territorio y medio ambiente de Canarias) en la reunión que celebró el 26 de mayo de 2010 le indicó a la empresa Eólica del Sureste, S.L. cuáles eran los aspectos fundamentales que tenía que analizar en su estudio de impacto ambiental. La comisión le indicó a la empresa que tenía que estudiar:
  • El ruido que produce el parque eólico teniendo muy en cuenta la proximidad de viviendas dispersas que están ocupadas permanentemente y la cercanía del núcleo urbano de Santo Domingo.
  • Las alternativas existentes para el acceso por carretera hasta el lugar en el que se van a instalar los molinos y el impacto que puede tener el acondicionamiento del acceso para permitir el paso de vehículos de grandes dimensiones.
  • La riqueza patrimonial de la zona atendiendo al informe que el Cabildo Insular de La Palma emitió el 15 de enero de 2010.
  • La sombra ecológica producida por el parque eólico sobre los ecosistemas situados a espaldas de los aerogeneradores.
  • La afección que pueden producir los molinos en las aves y los murciélagos teniendo en cuenta la presencia cercana de una zona de especial protección para las aves (esta zona está a 1 km del futuro parque y llega hasta la zona alta del El Palmar).
  • El destrozo paisajístico que producen los molinos en la zona, debiendo tener en cuenta especialmente el camino real de la costa (GR 130) y la presencia de viviendas próximas en las que viven personas de forma continua. La Cotmac insta a la empresa a buscar emplazamientos que minimicen el impacto visual y paisajístico.
  • La proximidad de los molinos a un pequeño barranco que nace en la zona conocida como El Jaral.
  • El impacto de los aerogeneradores sobre la población cercana debido al efecto parpadeo (afecta a las personas que observan el giro de los molinos o están en la zona de sombra que producen éstos, hay que tener en cuenta que la sombra de las aspas al girar se mueve constantemente y puede resultar perjudicial para la salud para las personas sensibles a los cambios bruscos de luminosidad).
Es sorprendente el número y la variedad de aspectos que la Cotmac señaló como fundamentales a la hora de elaborar el informe de impacto ambiental. Viendo esta lista de elementos a estudiar y conociendo la zona parece difícil que un equipo de ingenieros/as elaboren un informe ajustado a la realidad en el que se pueda justificar que el parque eólico "no produce perjuicio".

Si quiere consultar el acta de la reunión de la Cotmac en la que plantea estas condiciones para el informe ambiental puede hacerlo ojeando las páginas 5, 6 y 7 del documento que encontrará en http://www.gobcan.es/cmayot/servlet/ViewDocu?id_pagina=7&id_documento=10570.

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